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Objetivos
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Art. 47 Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos. Contitución Española de 1978. |
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El objetivo primordial de AVS es favorecer el cumplimiento del mandato constitucional (art. 47) de
proporcionar a todos los ciudadanos el acceso a una vivienda digna, adecuada y sostenible, actuando
de manera integrada con otras áreas y otros agentes, contemplando la globalidad de acciones necesarias
para la inserción social y el bienestar ciudadano.
Por todo ello, sin perjuicio de las competencias que de cada ente asociado, constituyen los fines de
la Asociación:
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Estimular la participación activa de los promotores de vivienda y suelo en la
planificación de la actividad dirigida a la satisfacción de la necesidad de vivienda digna.
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Representar los intereses generales de los miembros para garantizar la consecución de los
objetivos sociales que les competen. El otorgamiento de esta representación no implica
renuncia a las actuaciones individualizadas que cada miembro estime pertinente llevar a cabo.
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Incentivar e impulsar las relaciones de colaboración entre los asociados, tanto en el ámbito
nacional como en foros o entidades de alcance internacional.
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Promover y realizar estudios para el mejor conocimiento y solución de las circunstancias
en que se desenvuelve la política de vivienda y suelo.
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Representar los intereses profesionales de los asociados mediante su gestión y defensa
ante las Administraciones Públicas.
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Cualquier otro fin legítimo que afecte de forma directa o indirecta a los intereses de
sus asociados.
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